La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la multa de más de 108 millones de pesos impuesta a Centrum Promotora Internacional, empresa de análisis clínicos, y a dos de sus exdirectivos, por incurrir en prácticas monopólicas en sus servicios al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
En sesión reciente, los ministros aprobaron por unanimidad el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, confirmando la decisión de un juez federal de negar el amparo solicitado por la empresa y sus colaboradores contra las sanciones emitidas por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
El proceso se originó en marzo de 2016, cuando el IMSS denunció a Centrum y a sus directivos ante la Cofece por presuntas prácticas monopólicas absolutas en el mercado de servicios de laboratorio y banco de sangre. Cuatro años después, la Cofece determinó que las prácticas denunciadas eran irregulares y aplicó una multa de 105 millones de pesos a la empresa, y sanciones adicionales de 2.1 y 1.4 millones de pesos a dos exdirectivos.
Centrum y sus excolaboradores interpusieron un juicio de amparo indirecto, argumentando que la Cofece empleó pruebas como “comunicaciones privadas y documentos electrónicos” que violarían derechos de inviolabilidad en las comunicaciones e igualdad de armas. También cuestionaron la aplicación de la Ley Federal de Competencia Económica de 2014, calificándola de retroactiva.
El proyecto de la ministra Batres subrayó que los procedimientos administrativos sancionatorios no requieren los mismos principios de pruebas que el derecho penal. Así, la SCJN respaldó que la Cofece actuó conforme a la normativa para combatir prácticas monopólicas, confirmando las sanciones impuestas.
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