En la conferencia de prensa matutina de este martes 3 de octubre, se contó con la presencia del subsecretario de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Luis Rodríguez Bucio, quien informó acerca de los jueces que favorecen a presuntos delincuentes.
Principalmente, Rodríguez Bucio mencionó al juez José Fernando García Quiroz, del Estado de México, quien el 22 de septiembre otorgó una suspensión provisional a favor de Rafael “N”, contra el procedimiento de extradición, se le acusa de múltiples delitos, entre ellos el secuestro y homicidio del caso de Enrique “Kiki” Camarena, agente federal estadounidense.
Otro caso, es la jueza Abigail Ocampo Álvarez, del Estado de México, quien el pasado 29 de marzo otorgó un amparo a Antonio “N”, para eliminar la vinculación a proceso decretada en contra del presunto delincuente por delitos contra la salud, acopio de armas, posesión de cartuchos y cargadores de uso exclusivo del ejército mexicano.
Ocampo Álvarez argumentó que en cuanto a los delitos contra la salud, la posesión de cocaína de Antonio “N”, no acreditaba su venta ya que no contaba con báscula o dinero, en cuanto a las armas, indicó que, el culpable solo contaba con cinco armas, mismas que no son suficientes para acreditar el delito de acopio de armas y por último, aseguró que no se acreditaba la posesión de los cargadores para fines ilícitos.
Posteriormente Rodríguez Bucio comentó acerca del juez Alfonso Alexander López Moreno, también del Estado de México, quien el pasado 12 de septiembre otorgó una suspensión definitiva a favor de Eric “N” para evitar su acuerdo de extradición, quien es requerido en Estados Unidos por tráfico de drogas del 2003 al 2008.
Ante esto, el subsecretario de la SSPC, informó acerca de la publicación en el Semanario Judicial de la Federación, realizada el 22 de septiembre por los magistrados del Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro Norte con residencia en la CDMX; Héctor Lara González, Samuel Meraz Lares y Emma Meza Fonseca, mismos que votaron a favor del criterio obligatorio para los jueces de amparo en 18 entidades del país.
Este criterio obligatorio establece que los jueces de amparo deberán otorgar suspensiones provisionales contra la prisión preventiva oficiosa a manera de una concesión de tutela anticipada y con ello los obliga a aplicar otras medidas cautelares distintas entre ellas la libertad.
La determinación se da como una consecuencia ante la resolución emitida de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por los casos “Tzompaxtle Tecplle” y “García Rodriguez” en los que fue declarada inconvencional la prisión preventiva oficiosa.
Este nuevo criterio, podría beneficiar principalmente a personas procesadas por secuestro, homicidio, feminicidio, delincuencia organizada, huachicol, entre otros.
Algunas de las 18 entidades en donde tendrá lugar este criterio son: Edomex, CDMX, Sinaloa, Nayarit, Durango, Tlaxcala, Sonora, entre otros.
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