El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) determinó revocar el acuerdo de la Comisión Permanente del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), el cual prohibía a dirigentes y candidatos de Morena compartir publicaciones en redes sociales y relacionar a Santiago Taboada con el Cártel Inmobiliario.
En una sesión pública, los integrantes del Tribunal Electoral analizaron los recursos promovidos por la dirigencia de Morena en contra del acto de “censura”, razón por la se concluyó que no es jurídicamente posible que el IECM sancione por “denigración o campaña negativa”.
Conforme a lo anterior, se propone revocar el acuerdo controvertido, a efecto de que la responsable emita uno de forma fundada y motivada, en el que se pronuncie nuevamente respecto al inicio del procedimiento y el dictado de medidas cautelares, tomando en consideración lo razonado en la presente sentencia.
Se lee en la resolución del Tribunal.
Los magistrados y magistradas argumentaron que los conceptos de “denigración y campaña negativa” no se encuentran en la Constitución Mexicana, tras la reforma de 2014 porque implican la restricción de la libertad de expresión.
Además, señalaron que los consejeros y consejeras del IECM realizaron una análisis general de todas las acusaciones, cuando debieron de haber analizado la particularidad de cada caso.
Asimismo, Eduardo Santillán, representante de Morena ante el IECM, celebró el falló del Tribunal Electoral calificándolo como “un triunfo a la libertad de expresión” en la Ciudad de México.
Te puede interesar:
Comentarios