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Inicio » SCJN atenta contra la gratuidad de la educación superior; Lenia Batres denuncia fallo en contra de estudiante de la UNAM

SCJN atenta contra la gratuidad de la educación superior; Lenia Batres denuncia fallo en contra de estudiante de la UNAM

febrero 27, 2025
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La ministra del pueblo, Lenia Batres Guadarrama criticó que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) haya emitido un nuevo fallo en contra del derecho a la gratuidad de la educación superior, al negar un amparo a un estudiante de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) que impugnó el cobro de una cuota obligatoria para inscribirse a un curso de especialización.

El estudiante buscaba tomar un curso virtual impartido por la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM, cumpliendo con los requisitos académicos y pagando una cuota voluntaria más un donativo. No obstante, se le negó la inscripción por no cubrir una cuota obligatoria adicional.

Al respecto, Batres Guadarrama enfatizó que el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que la educación es un derecho y que la enseñanza impartida por el Estado debe ser gratuita en todos sus niveles, sin margen para excepciones.

Ayer, la Segunda Sala de la SCJN resolvió nuevamente contra el derecho a la educación superior gratuita. pic.twitter.com/bPCVWlPOkB

— Lenia Batres (@LeniaBatres) February 27, 2025

“El derecho a la educación superior gratuita no es una norma programática de corte aspiracional”, declaró la ministra, subrayando que la gratuidad debe garantizarse de inmediato. También recalcó que las autoridades de todos los órdenes de gobierno tienen la obligación de tomar medidas para asegurar su cumplimiento.

Asimismo, recordó que la reforma constitucional que decretó la gratuidad de la educación impartida por el Estado implicaba medidas presupuestales para avanzar gradualmente en su cumplimiento. Sin embargo, esto no significa que el ejercicio del derecho sea una mera expectativa o algo condicional.

Además, alertó sobre la mercantilización de la educación pública, pues la imposición de cuotas restringe el acceso a este derecho constitucional y genera esquemas de discriminación. “La sola existencia de posgrados gratuitos y otros con costo permite observar la discriminación, ya que los programas de pago son menos accesibles para las y los alumnos que los gratuitos”, denunció.

La votación sobre este caso, correspondiente al amparo en revisión 211/2024, había quedado empatada en una sesión previa, por lo que se solicitó la intervención de un ministro de la Primera Sala para desempatar. Finalmente, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá votó en contra del amparo, consolidando una mayoría de tres para rechazar el proyecto.

Lenia Batres lamentó la postura del ministro González Alcántara Carrancá, quien no participó en el debate previo donde se expuso que la propia UNAM ha reconocido que no necesita cobrar cuotas para garantizar la educación de sus alumnos.

“Es un derecho constitucional, y la Corte debería emitir criterios que hagan posible su satisfacción inmediata para quienes recurren a este máximo tribunal en materia de amparo”, concluyó la ministra

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