Ministra propone rechazar impugnación de asociación civil contra ley de GN

La ministra Loretta Ortiz Ahlf propuso negar el amparo solicitado por una asociación civil en contra de la Ley de la Guardia Nacional, pues considera que esta norma no afecta el orden jurídico federal ni supone una militarización del país.

El asunto fue listado para votarse en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), inmediatamente después del proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, donde se propone invalidar el traspaso de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

En la propuesta de la ministra Ortiz Ahlf señala que la Guardia Nacional (GN) no supone centralizar la seguridad pública, pues respeta los ámbitos de los gobiernos municipales y estatales, en “una armonía organizada de sus facultades, con el objeto fundamental de salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social”.

Explica que la ley impugnada contempla en su texto mecanismos de colaboración y coordinación entre los tres niveles de gobierno en materia de seguridad pública, mediante los convenios que para el caso se firmen con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

“De todo lo anterior este Alto Tribunal concluye que la aseveración de la recurrente en el sentido de que la centralización referida conlleva a la militarización del país y con ello se vulnera el sistema de facultades concurrentes que en materia de seguridad rige, es inexacta, pues en primer lugar, no existe tal concentración de poder en el ámbito de seguridad pública a cargo de las autoridades federales, precisamente derivado del sistema de coordinación y facultades concurrentes, Menos aún, los elementos de la Guardia Nacional actúan bajo el imperio de elementos castrenses, sino, como lo que es, una policía de carácter civil”, concluye la propuesta de la ministra Ortiz Ahlf.

Por tratarse de un amparo, esta propuesta puede ser aprobada con solo seis votos de los once integrantes del pleno de la SCJN.

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