La ministra Yasmín Esquivel señaló la falta de facultades de la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Piña, quien emitió una medida cautelar para proteger al Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación, de las sanciones por cometer desacato al no continuar con el proceso de selección de candidatos interesados en participar en la Elección Judicial 2025.
Acusó la ministra Esquivel a Piña de violar la independencia y autonomía del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien ordenó al Comité de Evaluación retomar sus actividades.
Piña argumentó que emitió las medidas cautelares para dar tiempo y para que sea la SCJN quien le indique al Comité Judicial cuál fallo obedecer, si debe acatar lo dicho por los jueces federales alineados a la oposición, o si debe acatar lo sentenciado por el TEPJF que busca se respete la voluntad del Pueblo de México.
Ante estos argumentos, la ministra Yasmín Esquivel respondió que Piña no tiene facultades para tomar esa decisión, pues carece de fundamento legal.
La Ministra Norma Piña no tiene facultades para otorgar una medida cautelar en pleno proceso electoral, que busca evitar posibles sanciones al Comité de Evaluación del PJF por incumplir una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”, indicó Esquivel en una publicación en sus redes sociales.
Explicó que en un principio el Pleno de la SCJN tiene atribuciones para conocer de este tipo de controversias, pero no para decretar la suspensión en los términos solicitados por el Comité de Evaluación del PJF.
Dijo que en todo caso, Piña puede recibir el asunto, registrarlo y turnarlo a un ministro, que para este caso sería Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. En la publicación, la ministra Yasmín Esquivel incluye su ponencia completa al respecto, firmada y con sello de recibido por parte del Pleno de la SCJN.
Fue el 7 de enero cuando el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación suspendió su proceso de selección de candidatos interesados en participar en la Elección Judicial 2025, acatando una suspensión definitiva emitida por un juez de Distrito en Michoacán. Luego, otro juez federal en Jalisco también emitió una orden similar.
Más tarde la Sala Superior del TEPJF, falló en contra del Comité y le ordenó que retomara sus actividades, para no retrasar el proceso y sobre todo para permitir a las interesadas y los interesados, participar en la elección histórica de personas juzgadoras que tendrá lugar en junio próximo.
Pero el jueves pasado, el magistrado Wilfrido Castañón León, presidente del Comité Judicial, solicitó a la SCJN que se pronunciara con base en el ejercicio de la facultad prevista en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para decidir a qué autoridad deberían obedecer, si a la judicial o a la electoral. Por ello el viernes pasado, la ministra Piña aceptó la encomienda y protegió al citado Comité de cualquier acción legal por el desacato cometido.
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