En el marco del proceso de selección de candidatos para la elección judicial, el juez Segundo de Distrito en Colima, Francisco Javier García Contreras, ha impuesto nuevas sanciones económicas a los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), argumentando incumplimiento de resoluciones judiciales. Sin embargo, sus acciones son excesivas y con posibles repercusiones negativas en el desarrollo de la elección judicial, es decir, se oponen al proceso de democratización del Poder Judicial.
El juez justificó las multas señalando la necesidad de preservar el estado de derecho: “Se debe evitar que se pierda el Estado de derecho, lo cual es un mandato constitucional supremo creado por el pueblo desde la formación del Estado, para vivir libres de arbitrariedades fincadas en la voluntad de algunos cuantos”. No obstante, el contexto y los efectos de estas sanciones hacen evidente un impacto significativo en la operatividad del órgano electoral.
La multa impuesta, de 54,285 pesos a cada uno de los once consejeros del INE, suma un total de 162,855 pesos por persona tras las tres sanciones acumuladas. García Contreras fundamentó su decisión en la fracción III del artículo 262 de la Ley de Amparo, que estipula sanciones por el incumplimiento de suspensiones provisionales dictadas por los tribunales. Según el acuerdo emitido, se acusa a los consejeros de no acatar una suspensión provisional relacionada con el expediente 937/2024, emitida inicialmente el 24 de septiembre de 2024 y modificada el 3 de octubre del mismo año.
El juez subrayó que el desacato del INE no es un hecho aislado. En el acuerdo emitido, destacó que “se evidencia nuevamente el incumplimiento a la suspensión provisional concedida en auto del veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro, modificada mediante resolución emitida en sesión de tres de octubre de dos mil veinticuatro, en el recurso de queja 937/2024, por el Tribunal Colegiado de este Trigésimo Segundo Circuito en el Estado de Colima”.
Además de las sanciones económicas, el juez recordó que presentó una denuncia penal contra los consejeros ante la Fiscalía General de la República a principios de diciembre. Según el magistrado, el proceder del INE constituye un delito contemplado en la fracción III del artículo 262 de la Ley de Amparo: “A fin de que se realicen las investigaciones pertinentes en relación con el delito previsto en la fracción III del artículo 262 de la Ley de Amparo, al ser su proceder, el de desobedecer la suspensión provisional concedida por este juzgador”.
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