Las palabras de la Ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Piña, sobre aceptar destinar los fideicomisos del poder a los damnificados de Guerrero quedaron en el olvido ya que este viernes, en fast track el juez decimosegundo de Distrito en el estado de Chihuahua otorgó una suspensión definitiva para impedir que estos recursos entreguen a la Tesorería de la Federación y puedan destinarse a tal fin.
Asimismo, la jueza novena de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Elizabeth Trejo Galán, también otorgó la suspensión con efectos generales que le favorece, así como a los demás jueces y magistrados, hayan promovido o no, juicio de amparo. La suspensión solo debía otorgarse de existir un acto concreto derivado de la norma que afectara la esfera jurídica de los quejosos, y no en favor de terceros ajenos al juicio.
En un comunicado, el Gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador señaló que con dicha decisión violan en su beneficio el principio de imparcialidad del artículo 17 constitucional, el cual señala que “ningún juez debe conocer de su propia causa”; así lo dispone también el artículo 51 de la Ley de Amparo.
“El principio de derecho nemo iudex in sua causa advierte que un juez no puede conocer de un juicio en el que pueda tener interés personal; por ende, el artículo 17 constitucional, así como los numerales 8.1 y 25.1 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, consagran la imparcialidad judicial como un requisito necesario del Estado de derecho, donde incluso las apariencias tienen una gran importancia, pues lo que está en juego es la confianza que los tribunales en una sociedad democrática deben inspirar al público y, sobre todo, a las partes que intervienen en un determinado juicio”, se lee en el documento.
Agregaron que los jueces y magistrados solo resuelven amparos que les benefician con el pretexto de defender la independencia judicial. “Pretenden mantener el control de los recursos públicos de los fideicomisos para otorgarse beneficios extraordinarios de los que no gozan los demás servidores públicos”.
En este mismo sentido puntualizaron que el que los jueces y magistrados perciban beneficios extraordinarios a cardo de los recursos públicos no es garantía de la independencia judicial.
“Por ética judicial, los juzgadores debieron abstenerse de conocer de los juicios de amparo y recursos interpuestos en contra de la extinción de los fideicomisos del PJF. No debieron anteponer sus intereses meramente económicos por encima del bienestar de la población de Acapulco, que requiere una actitud solidaria. Están perdiendo la confianza de la sociedad mexicana sobre su imparcialidad, al ser juez y parte en asuntos de su interés”.
Además, por lo dicho de Piña en donde señaló que era una alternativa real para los recursos del Poder Judicial, el gobierno solicitó a la presidenta de la Corte a que “ejerza la facultad de atracción del alto tribunal y resuelva de forma prioritaria los juicios de amparo promovidos por integrantes del PJF, ya que éstos, al estar interesados en mantener el control de recursos públicos obtenidos con las aportaciones de los contribuyentes (pueblo), están impedidos para resolver con imparcialidad dichos juicios de amparo”.
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