Jueces federales aplican un “sabadazo” y otorgan suspensiones para evitar que el dictamen de la reforma al Poder Judicial se discuta en la Cámara de Diputados, cuyo proyecto fue aprobado por los legisladores y legisladoras que integran la Comisión de Puntos Constitucionales.
Martha Eugenia Magaña López, jueza Quinto de Distrito en el estado de Morelos, obsequió una suspensión que impide la discusión del dictamen de la reforma al Poder Judicial en el pleno de la Cámara Baja, que este domingo inicia con su proceso ordinario de legislación.
Resulta procedente conceder la suspensión de oficio respecto de los efectos y consecuencias de los actos reclamados, a fin de que las autoridades responsables que constituyen en el Congreso de la Unión […] continúen con el proceso legislativo y en caso de la eventual aprobación del decreto de reforma constitucional… se abstengan de enviarlo a las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México para la aprobación correspondiente, hasta en tanto, se resuelva la suspensión definitiva.
Indica el documento.
La jueza, Magaña López, consideró que, en caso de aprobarse la reforma judicial propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, se pondría en un grave riesgo la independencia judicial, así como de vulnerar los derechos laborales de los trabajadores, con la eliminación de la carrera judicial.
Por su parte, el juez Tercero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, Felipe V. Consuelo Soto, concedió otra suspensión en contra de la reforma al Poder Judicial y evitar que una vez aprobado en el Congreso de la Unión, el dictamen sea enviado a los congreso locales de la República Mexicana.
Resulta procedente conceder la suspensión de oficio respecto de los efectos y consecuencias de los actos reclamados, a fin de que las autoridades responsables que constituyen el Congreso de la Unión, esto es, Cámara de Diputados y Cámara de Senadores, en el ámbito de sus respectivas competencias, continúen con el proceso legislativo y en el caso de la eventual aprobación del decreto de reforma constitucional que constituye la raíz del acto reclamado, se abstengan de enviarlo a las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México para la aprobación correspondiente, hasta en tanto, se resuelva la suspensión definitiva.
Indica la resolución.
El juzgador consideró que es necesario analizar la implicaciones constitucionales de la reforma al Poder Judicial y la salvaguarda de la separación de Poder de la Unión, razón por la cual no podrá ser turnada, una vez concluido su proceso legislativo y a los Congreso Locales.
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