La mañana de este viernes, desde Baja California Sur, Antonio Martínez Dagnino, titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), detalló los irregulares esquemas de deducciones excesivas de impuestos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación .
Mencionó que en el SAT, “vemos operaciones contables que tienen estas repercusiones fiscales y que tienen que cumplir con la legislación” y que en 2014 se realizó una auditoría del ejercicio fiscal de 2011 a Total Play y se observó que “esta no contaba con información adecuada y completa, que debía respaldar su operación principalmente en sus gastos”.
Agregó que la empresa de internet “no pudo justificar la información que acreditara que los gastos fueran indispensables para el negocio”, por lo que la oficina de recaudación resolvió que la empresa reportaba 1.4 más de gastos que los ingresos totales que había obtenido.
El SAT comunicó en 2015 a Total Play que debía realizar el pago de ISR, por lo que la empresa se fue a un litigio desde 2015.
Fiscalía de la Federación insta a que la SCJN resuelva adeudos de Salinas Pliego con el SAT
Por su parte, Grisel Galeano García, procuradora Fiscal de la Federación, detalló las acciones realizadas por las empresas de Salinas Pliego sobre un adeudo fiscal:
- En 2015 la empresa “no estuvo de acuerdo con la resolución de la autoridad fiscal y procedió a impugnarla en un juicio de nulidad en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa
- En 2017 el Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió que “el SAT había actuado conforme a derecho y que la empresa debía de pagar”, por lo que la empresa impugnó en amparo directo.
- En 2020 el asunto se llevó a la SCJN con “la finalidad de que se resolviera de forma contundente y buscando el mayor grado de imparcialidad”
- En 2022 la SCJN decidió atraer el caso y el asunto se asignó al ministro Luis María Aguilar Morales que en 2024 presentó un par de proyectos de resolución, “siendo el último el que esta semana fue puesto en sesión”.
“La empresa de Salinas Pliego debatía 6 rubros por los que el SAT le informó que debía pagar ISR por el año 2011, y el resultado de la SCJN fue, en realidad, confirmar que se tuvo la razón por el SAT al haberle cobrado 5 de los 6 rubros que la empresa se negaba a pagar y solamente por uno de los rubros en litigio fue que se determino como justificable [que] habían sido gastos para la operación de la empresa, de tal suerte que aunque la Corte considerara que 1 de esos 6 puntos fue objeto de comprobación por parte de la empresa, también confirmó que esta empresa omitió pagar impuestos por 5 rubros más y los hizo pasar por pérdidas y reportó ganancias menores”.
Detalló
“Consideramos que este suceso, lejos de ser ganancia para el contribuyente, lo dejó al descubierto una vez más, pues después de 9 años de litigio, es evidente que la empresa no ha cumplido con el pago de sus impuestos y que aplicó el mismo esquema que se ha encontrado en diversas empresas del grupo”
Grisel Galeano
Martínez Dagnino mencionó que gracias a la resolución del máximo tribunal del país, es claro que la empresa de Salinas Pliego “incurrió en diversos errores, así que lo correcto es que el contribuyente realice la corrección por más de 1,500 millones de pesos que incorrectamente declaró como pérdida fiscal y que la Corte nos ha dado el derecho a cobrar”.
Finalmente en la participación de ambos funcionarios, Grisel Galeano pidió, “con respeto y firmeza a los magistrados que tienen en sus manos todos estos asuntos [de adeudos fiscales] para que los resuelvan con prontitud, pues estos altos montos de contribuciones son recursos del Estado y, en consecuencia, son recursos del pueblo”. “Retrasar su cobro sin fundamentos sería complicidad”, sería una injusticia, sentenció.
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