La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó un amparo promovido por la empresa Grupo Bararal, que buscaba impugnar la reforma a la Ley Minera de abril de 2022 para explotación de litio, por lo que la máxima Corte del país confirmó que la exclusividad para explotación de este mineral es exclusiva del Estado mexicano.
El proyecto para desestimar este amparo que data del 2022, fue elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán y aprobado por unanimidad en la Segunda Sala de la SCJN.
La resolución apoyó su argumento en la supremacía constitucional en la que refiere que aunque se concediera el amparo respecto a los artículos de la Ley Minera, una reforma constitucional posterior prohíbe las concesiones relacionadas con el litio. Con este argumento, estimó que incluso una eventual concesión del amparo no tendría efecto, ya que la norma constitucional impide la existencia de concesiones sobre este mineral específico.
Grupo Bararal, titular de la concesión minera 246359 para el lote ‘San Pedro’ en la comunidad de Satevó, en Chihuahua, refiere que la reforma de 2022 afectaba su título de concesión vigente hasta 2068, que les permitía la exploración y explotación de diversos minerales.
Por su parte, la SCJN determinó que dicha modificación a la Constitución mexicana establece que no se otorgarán concesiones en el caso del litio, reafirmando la exclusividad del Estado en su explotación.
La reforma sobre la nacionalización del litio, impulsada por el ahora ex presidente López Obrador, marcó un hito histórico en la defensa de los recursos estratégicos del pueblo mexicano, el cual tendrá la máxima facultad para su explotación en benefició del país.
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