La Cámara de Diputados declaró reformado el cuarto párrafo y adicionado un párrafo quinto al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Esta reforma permite al Estado mexicano retomar el uso de vías ferroviarias para prestar el servicio de transporte de pasajeros.
Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, realizó la declaratoria correspondiente tras el cómputo de 24 votos aprobatorios de legislaturas estatales y de la Ciudad de México, requisito necesario para validar la reforma. Entre las entidades que aprobaron la reforma están Baja California, Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Puebla y la Ciudad de México.
El nuevo marco legal establece que tanto el transporte ferroviario de pasajeros como el de carga son áreas prioritarias para el desarrollo nacional. Se establece que el transporte de pasajeros tendrá preferencia sobre el de carga en términos que definirán la legislación.
Asimismo, el Congreso de la Unión tiene un plazo de 180 días para realizar los ajustes necesarios a leyes secundarias, y se otorga a particulares con concesiones de carga la posibilidad de solicitar concesiones para el transporte de pasajeros.
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