La transnacional Odebrecht deberá pagar 543 millones 488 mil 615 pesos de multa, así lo dictaminó la Segunda Sala de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN), al señalar que mintieron en la forma en la que obtuvieron un contrato con Petróleos Mexicanos (Pemex).
En octubre de 2021, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, invalidó los argumentos de la trasnacional al impugnar la sanción que fue impuesta por la Secretaría de la Función Pública (SFP) en abril de 2019.
Dicha multa fue impuesta al analizar un contrato adjudicado en el año 2015 por una cifra de mil 811 millones de pesos para la construcción de accesos y obras externas del proyecto de aprovechamiento de residuales en la Refinería de Tula.
Ese convenio es solo uno de los distintos que obtuvo de pagar presuntos sobornos por más de 10 millones de dólares al entonces director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya, quien se encuentra en prisión.
Durante la sesión del 14 de octubre de 2021 en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Magistrado Carlos Mena Adame, explicó que al firmar (5 de diciembre de 2016) con Pemex un convenio modificatorio de ese contrato, Odebrecht aseguró que contaba con todos los permisos y autorizaciones necesarios para la edificación de la obra.
Sin embargo, los directivos de Odebrecht mintieron, ya que no tenían el registro de generador de residuos peligrosos autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat). Ese permiso fue solicitado hasta el 25 de mayo de 2017.
Al emitir su fallo, el TFJA determinó por unanimidad que la Secretaría de la Función pública aplicó correctamente la sanción en base a la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Pública.
La multa se suma a la impuesta en abril de 2019 por la Unidad de Responsabilidades en Pemex, al sancionar a la constructora con inhabilitación de tres años por haber actuado con dolo.
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