En la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador, Raquel Buenrostro, titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), detalló que debido a las complicaciones que han enfrentado los contribuyentes para obtener esta constancia, el trámite administrativo se prorrogaron hasta el 1 de enero del próximo año y enfatizó que ningún patrón puede condicionar el sueldo a la falta de ésta.
“Ningún empleador puede condicionar el pago de un trabajo ya devengado por un trámite administrativo de ningún tipo”, apuntó.
Desde hace unos meses ha habido una gran movilización en los trabajadores mexicanos el pedimento de cierto requisito al SAT. El código postal que viene registrado en la Constancia de Situación Fiscal, sin embargo la misma titular del SAT, Raquel Buenrostro confirma que ellos nunca pidieron dicho documento.
Asimismo, explicó que la constancia no fue requerida por el SAT, pero es necesaria porque para emitir la nómina ahora se requiere el código postal y el nombre completo del trabajador, por lo que si éste los conoce puede darlos a la patronal y ésta no tiene por qué exigir la constancia.
EL SAT decidió implementar esta medida debido a que identificó que cientos y miles de empresas factureras “además de que no existen, también facturan nóminas que no existen”.
La necesidad por obtener la Constancia de Situación Fiscal, se remonta a una modificación en la miscelánea fiscal donde se solicita verificar además del RFC, el nombre, la razón social y el código postal. Este requisito iba a entrar en un periodo de transición a partir del 1 de julio, pero la mayoría de las personas con sueldos y salarios no conocen el código postal que tienen registrado en el SAT.
Esto resultó que los propios gerentes de recursos humanos de las empresas que mandaron a los empleados a conseguir el documento. Lo que ocasionó filas enormes y hubo una saturación en las instalaciones del SAT.
Igualmente, explicó que para realizar este trámite ya no es necesario acudir directamente a las ventanillas del SAT. Pues ofrecen una opción totalmente en línea, desde el portal del SAT, SAT ID y a través del SAT Móvil.
La factura o timbrado de nómina lo único que debe tener es el código postal y el nombre del trabajador. Por lo tanto el empleador o patrón de ninguna manera puede exigirla y mucho menos condicionar el pago a los empleados.Y en caso de que eso suceda, se puede proceder a una denuncia en el siguiente número: 800 717 29 42.
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