De acuerdo con el ministro Alberto Pérez Dayán la acción de inconstitucionalidad es improcedente, por lo tanto adelantó su posición en contra del proyecto de la invalidez constitucional del Decreto en materia de la reforma al Poder Judicial, lo que implica su voto en contra de la mayoría calificada.
De acuerdo con la intervención del ministro en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) afirmo del proyecto que:
“Es total y absolutamente improcedente y ello conduce a sobreseer en ella conforme a los precedentes a los que me he referido, por más que me trate de convencer a mí mismo de lo contrario, resolver en el sentido que propone la propuesta sería – lo digo con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona – responder a una insensatez llevada irresponsablemente al Texto Supremo con otra insensatez equivalente al forzar el ejercicio de una facultad que no me fue conferida“, dijo.
El ministro aseguró que su voto será en contra del apartado de legitimación y procedencia, pues no coincide con la propuesta de una nueva reflexión, “esta acción de inconstitucionalidad debe considerarse improcedente”.
Durante su exposición, Pérez Dayán abordó cuatro preguntas clave sobre la competencia y procedencia del caso:
- ¿El ministro instructor es competente para desechar una acción de inconstitucionalidad? A lo que respondió afirmativamente, con respaldo del Pleno.
- ¿Existía un motivo manifiesto de improcedencia en este caso? Señaló que sí, enfatizando la falta de derecho en este recurso para invalidar una reforma constitucional.
- ¿Es necesario profundizar en interpretaciones propias de una sentencia? Consideró innecesario hacerlo, dado el carácter improcedente de la acción.
- ¿La improcedencia de la acción de inconstitucionalidad contra reformas a la Constitución Federal vulnera el derecho de acceso a la justicia? El Pleno determinó que no, respaldado por el texto de la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que no garantizan el derecho a impugnar reformas constitucionales a través de esta vía.
La decisión de Pérez Dayán de no respaldar el proyecto de invalidez marca un punto crítico en el debate sobre la reforma judicial y podría definir el resultado de la votación final en la SCJN. Al señalar que una acción de inconstitucionalidad no es el camino para controlar reformas constitucionales, su postura refleja una visión de limitación en las facultades del Poder Judicial ante cambios impulsados desde la Constitución.
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